Se reconoce el derecho de un padre a flexibilizar una hora su horario de entrada al trabajo para poder llevar a su hijo menor a la guardería

El Juzgado de lo Social número 13 de Madrid ha dictado una sentencia, de fecha 23 de octubre de 2015, por la que reconoce el derecho de un trabajador a flexibilizar en un máximo de una hora su horario de entrada, de lunes a viernes, para poder llevar a su hijo a la guardería.

La jueza del caso, basa su argumentación en la interpretación que del art. 37.6 ET ha realizado la jurisprudencia del TS y en el precepto de Convenio Colectivo aplicable.

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