EL APELLIDO PATERNO DEJARÁ DE SER EL PRIMERO


EL APELLIDO DEL PADRE YA NO IRÁ POR DEFECTO EN PRIMER LUGAR


Los padres deberán ponerse de acuerdo en el orden y, si no lo hacen, será el encargado del Registro Civil quien decida

El apellido paterno ya no primará a partir del próximo 30 de junio, cuando entra en vigor la reforma del Registro Civil, a la hora de inscribir a un hijo recién nacido y los padres deberán ponerse de acuerdo en el orden de los apellidos.



Con la entrada en vigor de la nueva ley, desaparece la opción por defecto y se obliga a que los padres hagan constar expresamente el orden de los apellidos en la solicitud de inscripción en el Registro Civil, un cambio que permite «acercarse más a la igualdad».

Si no se hace constar el orden, o bien los progenitores están en desacuerdo, transcurrido el plazo de tres días será el propio encargado del Registro Civil quien establezca dicho orden atendiendo al interés superior del menor, pero no poniendo por defecto el del padre.

«A partir del 30 de junio será obligatorio remitir al encargado del Registro Civil el orden en el plazo de tres días, y si no lo haces, va a ser el encargado del Registro Civil quien lo decida»; algunos de los recursos a los que podría recurrir este encargado para dar preferencia a uno u otro apellido: el orden alfabético, por sorteo o la estética, es decir, que suene mejor en combinación con el nombre.




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